CAF · Patronato · Servicios a la persona — Rivalta di Torino
Asistencia fiscal y previsional cualificada, en Rivalta di Torino.
El Centro Servizi es tu ventanilla CAF y Patronato en Rivalta di Torino: declaraciones de la renta, ISEE, pensiones, trámites de Patronato e inmigración, atendidos por operadores cualificados. Una nueva apertura en la zona, con la experiencia de la red FENAPI activa desde 1992.
- Operadores cualificados
- Experiencia de la red FENAPI desde 1992
- Atención en IT · ES · EN · PT
- Dirección
- Horario
- Teléfono
- 011 909 3278
Nuestros servicios
Asistencia fiscal, previsional y a la persona.
Declaraciones de la renta, ISEE, pensiones, trámites de Patronato e inmigración: un servicio completo, atendido con cuidado en cada paso.
Quiénes somos
Una nueva apertura en Rivalta, con la experiencia de una red desde 1992.
El Centro Servizi es la nueva ventanilla CAF y Patronato de Rivalta di Torino. Es una realidad recién puesta en marcha en la zona, pero no parte de cero: opera dentro de la red FENAPI, cuyo Circolo della Provincia di Torino está activo desde 1992.
A Rivalta traemos competencias, procedimientos y más de treinta años de experiencia de la red. Ponemos en el centro la atención a la persona, verificamos con cuidado cada documento y asumimos la responsabilidad de lo que firmamos.
Para concertar una cita basta una llamada al 011 909 3278. Te atenderemos con el cuidado que merece cada trámite.
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011 909 3278Opiniones
La confianza de quienes nos eligen
Las opiniones de las personas a las que hemos atendido, directamente desde Google.
“Mi sono recata in questo CAF per la prima volta in quanto mi è stato consigliato: il personale è stato gentilissimo, professionale e paziente nel chiarire tutti i miei dubbi. Tornerò di sicuro!”
“Pienamente soddisfatta! Personale molto competente e tempi di attesa ridotti.”
“Con la nuova gestione è decisamente meglio. Personale competente e gentile. Li consiglio vivamente.”
“Ho notato del nuovo personale, molto organizzato e gentile. Consiglio vivamente.”
“Professionalità, competenza e gentilezza.”
Preguntas frecuentes
Respuestas a las dudas más útiles
Aclaraciones concretas sobre la declaración 730, el ISEE, la invalidez, las sucesiones y las pensiones. Para tu caso concreto llámanos o pásate por la oficina: la primera orientación es gratuita.
¿Cuál es la diferencia entre el ISEE ordinario y el ISEE corriente?
El ISEE ordinario se basa en los ingresos de hace dos años y en el patrimonio del año anterior. Si la situación ha empeorado — pérdida del empleo, expediente de regulación, cierre de una actividad — con una caída de los ingresos superior al 25% se puede solicitar el ISEE corriente, que refleja la situación actualizada y a menudo da acceso a ayudas y bonificaciones que de otro modo se perderían.
¿Conviene hacer la declaración 730 en el CAF aunque exista el modelo precumplimentado?
Sí. En el CAF ponemos el visto de conformidad y asumimos la responsabilidad sobre los datos: revisamos las deducciones y los gastos que el modelo precumplimentado a menudo no incluye — gastos médicos, reformas, educación, intereses de la hipoteca — y recuperamos devoluciones que de otro modo se perderían. El ajuste llega directamente a la nómina o a la pensión.
¿Qué documentos llevar para obtener la máxima devolución con el 730?
Además de la Certificazione Unica conviene reunir todos los recibos del año: gastos médicos y de farmacia, intereses de la hipoteca de la primera vivienda, obras de reforma y ecobonus, matrículas escolares y universitarias, seguros de vida, previsión complementaria, gastos veterinarios y de la actividad deportiva de los hijos. También los pequeños gastos, sumados, aumentan la devolución.
¿Cómo se presenta la solicitud de invalidez civil?
El proceso comienza con el certificado médico introductorio, que rellena el médico de cabecera y tiene una validez de 90 días. A partir de ahí se envía la solicitud al INPS y se espera la visita de la comisión médica. Nuestro Patronato acompaña gratuitamente todo el trámite, desde la solicitud hasta los posibles recursos y las peticiones de agravamiento.
¿En qué plazo hay que presentar la sucesión y siempre hace falta notario?
La declaración de sucesión debe presentarse en los 12 meses siguientes al fallecimiento. En la mayoría de los casos no hace falta notario: la preparamos y la enviamos nosotros a la Agencia Tributaria, ocupándonos también del cambio de titularidad catastral de los inmuebles. El notario solo es necesario si hay testamento público o donaciones particulares.
¿Quién tiene derecho a la pensión de viudedad y a cuánto asciende?
Corresponde al cónyuge superviviente (también separado o divorciado con pensión compensatoria), a los hijos menores, estudiantes o incapacitados y, en ciertos casos, a padres o hermanos a cargo. El importe va del 60% de la pensión del fallecido para el cónyuge solo hasta el 100% con cónyuge y dos o más hijos. El Patronato calcula la cuantía y presenta la solicitud.
